Inspirado por otros (especialmente @Jeremy_Kress), ayer mismo enviara una breve carta de comentarios sobre la OCC/FDIC NPRM sobre prácticas inseguras o poco sensatadas. Gran parte de ello fue extraído de mi investigación anterior, pero aprendí algo fascinante y nuevo durante la escritura. 1/
Encontré esto en el Registro del Congreso. El término "prácticas inseguras o poco sensatadas" se consideraba con una definición concreta, como "fraude" o "negligencia". Los legisladores temían que fuera demasiado abierto, pero finalmente estaban convencidos de que el término era "suficientemente exacto". 2/
Los tribunales no permiten que los reguladores redefinan la "negligencia" como quieran, por lo que tampoco deberían permitir que los reguladores redefinan "inseguro o no sólido". (También continúo mi esfuerzo sísifo para que los reguladores dejen de usar el término "asuntos que requieren atención".) 3/3
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