Inspirado por otros (particularmente @Jeremy_Kress), ayer por la tarde envié un breve comentario sobre el NPRM de la OCC/FDIC sobre prácticas inseguras o insalubres. Gran parte fue extraído de mis trabajos anteriores, pero aprendí algo fascinante durante el proceso de escribirlo. 1/
Encontré esto en el Registro del Congreso. El término "prácticas inseguras o insalubres" se consideraba que tenía una definición concreta, como "fraude" o "negligencia". Los legisladores estaban preocupados de que fuera demasiado amplio, pero finalmente se convencieron de que el término era "suficientemente exacto." 2/
Los tribunales no permiten que los reguladores redefinan "negligencia" como quieran, así que tampoco deberían permitir que los reguladores redefinan "inseguro o insalubre". (También continúo mi esfuerzo sisifiano para que los reguladores dejen de usar el término "asuntos que requieren atención.") 3/3
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