Según conocidos KOLs en la industria de la divisa, la Unión Europea ha confirmado que la octava versión de la Directiva de Cooperación Administrativa (DAC8) entrará en vigor en todos los Estados miembros el 1 de enero de este año, y que el mecanismo de divulgación de información fiscal y de notificación transfronteriza para criptoactivos se lanzará oficialmente. Según la normativa DAC8, tanto las plataformas dentro de la UE como los proveedores de servicios de activos cripto fuera de la UE que prestan servicios a residentes de la UE están obligados a informar a las autoridades fiscales información identificable de identidad de usuario, números de identificación fiscal y registros de transacciones. El ámbito de la declaración abarca el intercambio de criptomonedas y monedas fiduciarias, criptomoedas entre ellas, y bajo ciertas condiciones, se extiende al flujo de fondos transferidos desde los exchanges a monederos de autocustodia. Según los requisitos de cumplimiento, si una plataforma no puede obtener el número de identificación fiscal de un usuario, puede restringir las funciones de la cuenta o suspender servicios conforme a la ley. DAC8 no supervisa completamente las blockchains ni prohíbe las carteras de autocustodia. Las autoridades fiscales siguen controlando los segmentos de transacciones identificables del proveedor de servicios, en lugar de todos los comportamientos en cadena, que son más cercanos en naturaleza al CRS o FATCA en el sistema financiero tradicional, la versión criptoactiva del mecanismo de transparencia fiscal, en lugar de una negación total de la privacidad del usuario.