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El 13 de noviembre de 2025, la @aztecFND (una🇨🇭fundación sin ánimo de lucro) publicó su Informe de Caracterización Regulatoria de Tokens Aztec
El informe evalúa la clasificación regulatoria del token y su distribución pública en Suiza, la UE, Estados Unidos y el Reino Unido
Vamos a desentrañarlo👇

La Fundación publicó este informe para establecer un estándar de divulgación clara y transparente.
Informe completo:
Divulgación del Documento Blanco de MiCA:
Términos de venta de la subasta pública:
Resumen ejecutivo:

Suiza🇨🇭:
FINMA ha confirmado a la Fundación que el Token Aztec califica como token de utilidad, no es ni un token de pago ni un token de inversión y no constituye un depósito ni un valor
En consecuencia, la Fundación puede realizar una venta pública del Aztec Token
UE 🇪🇺 (1/2):
El Token Aztec es un criptoactivo distinto de un token referenciado a activos o token de dinero electrónico
La Fundación puede realizar una venta pública del Aztec Token cumpliendo con los requisitos pertinentes de MiCA, incluyendo la notificación y publicación de un white paper compatible con MiCA
UE 🇪🇺 (2/2):
La Fundación ha notificado y publicado el documento blanco de MiCA sobre Aztec Token y realizará la subasta pública cumpliendo con los requisitos aplicables de MiCA
Documento Blanco de MiCA:
Este es el documento clave de divulgación para el token y la venta
EE. UU 🇺🇸. (1/3):
El Token Azteca no es un valor porque es un bien de consumo vendido en base a su funcionalidad en la Red Azteca que será inmediatamente utilizable para facilitar el control descentralizado y la participación en la Red Azteca




EE. UU 🇺🇸. (2/3):
La venta no es una transacción de valores porque los compradores solo obtendrán el título legal de los tokens sin ningún derecho asociado, y no se vende de manera que los compradores esperen beneficios de los esfuerzos gerenciales de otros




EE. UU 🇺🇸. (3/3):
La valoración de la Fundación es que puede realizar una venta pública del Token Aztec sin registrar el Token ni transacciones similares bajo la Sección 5 de la Ley de Valores de EE. UU. de 1933
Véanse las Secciones 3 (Antecedentes) y 6 (EE. UU.) (imágenes aquí expuestas para referencia) para el análisis

Reino Unido 🇬🇧 (1/3):
El Token Aztec es un criptoactivo cualificado para los fines del régimen regulatorio de servicios financieros. No constituye dinero electrónico ni fondos, ya que no implica una reclamación sobre ninguna persona por valor monetario y no es ninguna otra forma de dinero
Reino Unido 🇬🇧 (2/3):
Dada la naturaleza de los requisitos en el Reino Unido, no existe una vía viable para cumplir con el régimen de promociones financieras del Reino Unido para las ventas realizadas a través de DeFi, como la venta de Aztec Token mediante la nueva subasta onchain de Uniswap, que pretende promover la equidad y la transparencia
Reino Unido 🇬🇧 (3/3):
En consecuencia, dada esta insuficiencia de la normativa vigente del Reino Unido para permitir ventas de tokens del tipo y naturaleza que la venta de tokens aztecas por parte de proyectos descentralizados responsables, los residentes del Reino Unido no podrán participar ni beneficiarse de la subasta pública
Enlace al lugar donde se publicó inicialmente el informe:
Avisos legales sobre la venta de informes y tokens:


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